Política de Regalos de Cortesía y Hospitalidades
1. INTRODUCCIÓN
La Comunidad de Regantes de la Zona Regable del Viar es una corporación de derecho público comprometida con el cumplimiento de la legalidad, la integridad, la transparencia, la imparcialidad en la toma de decisiones, la lucha contra la corrupción y la ética.
La Junta de Gobierno o Sindicato de Riegos de la Comunidad de Regantes de la Zona Regable del Viar, condena cualquier práctica corrupta que pretenda influir directa o indirectamente en una decisión o condicionar la conducta del que recibe un regalo, obsequio, hospitalidad o beneficio similar. Por ello, en el marco de su Política Anticorrupción ha desarrollado la presente Política de regalos de cortesía y hospitalidades, la cual está presidida por los principios y valores recogidos en el Código de Conducta y Buen Gobierno de la Comunidad, con especial atención a los principios de legitimidad, proporcionalidad, integridad y transparencia.
Esta Política atiende principalmente al necesario cumplimiento del principio de “tolerancia cero” con la corrupción, el soborno, cohecho y el tráfico de influencias, de cualquier tipo, en las actividades que se llevan a cabo en la Comunidad de Regantes de la Zona Regable del Viar.
2. OBJETO
Este documento, que forma parte del modelo organizativo y de gestión de riesgos penales de la Comunidad de Regantes de la Zona Regable del Viar, define las pautas de actuación que deberán seguir todos los miembros de la Organización ante la solicitud, aceptación, ofrecimiento o recepción de regalos de cortesía y hospitalidades.
Para evitar los riesgos de corrupción o daños a nuestra reputación, esta Política desarrolla, amplia y refuerza las disposiciones establecidas en la Política contra la corrupción, siendo parte integrante de la misma y establece unas directrices respecto a la aceptación y ofrecimiento de regalos de cortesía y hospitalidades.
Esta Política asienta una cultura que permita el desarrollo de una conducta profesional integra y diligente, así como mostrar el firme rechazo ante la comisión de cualquier clase de ilícito penal de corrupción sin que en ningún caso se pueda justificar sobre la base de un beneficio para la entidad.
3. ÁMBITO DE APLICACIÓN
Esta Política es de obligado cumplimiento y total aplicación para todos los miembros de los órganos de administración y representación, directores de departamentos, empleados/as y, en general a todo el personal de la Comunidad de Regantes de la Zona Regable del Viar sin excepción, cualquiera que sea su cargo, responsabilidad, posición jerárquica, ocupación, modalidad contractual o lugar en el que desempeñen sus funciones.
La Comunidad de Regantes de la Zona Regable del Viar pone a disposición de todos los profesionales y personal de la Comunidad esta Guía de comportamiento o Política para prevenir la corrupción.
4. DEFINICIONES
- Regalo: se entiende por regalo a los efectos de esta Política todo obsequio, ventaja, beneficio, favor o concepto equiparable, en efectivo o en especie, de cualquier naturaleza y denominación, que las personas sujetas reciban en consideración al cargo o puesto que desempeñen, directamente o a través de terceros, y para sí o para su círculo familiar inmediato, entendiendo éste por tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco de consanguinidad.
- Hospitalidad: se entiende por hospitalidad a los efectos de esta Política, cualquier favor, atención o invitación generalmente de carácter social, que se ofrece o recibe en un contexto de negocio y/o de actividades sociales. A modo ejemplificativo se consideran hospitalidades las comidas, cenas, viajes, noches en un hotel, entradas para teatro, eventos deportivos o culturales, conferencias, entre otros.
- Prácticas de cortesía habituales: aquellas atenciones y detalles de valor económico moderado que, además, son consideradas habituales en empresas públicas y privadas. A título ejemplificativo y no exhaustivo, se consideran prácticas normales de cortesía las comidas con terceros, dentro del marco habitual de las relaciones institucionales o profesionales, las cestas de navidad recibidas o entregadas a modo de detalle de cortesía con ocasión de celebración de este período festivo y los detalles corporativos con el logotipo de la entidad o el material empleado en reuniones, seminarios, jornadas o congresos como bolígrafos, llaveros, paraguas, cuadernos, carpetas, carteras, etc.
- Gastos de viaje, representación y dietas: Aquellos originados a consecuencia del desarrollo de la actividad empresarial y por cuenta de la misma. Los gastos de viaje y de representación deben ser necesarios, moderados y razonables, y cumplir los requisitos de justificación y aprobación establecidos en las normas internas que regulen esta materia.
- Cohecho: solicitar, aceptar u ofrecer regalos, retribuciones o favores a cambio de un acto relacionado con el ejercicio de la función pública para que realice un acto contrario a los deberes inherentes a su cargo o no realice o retrase el que debiera practicar.
- Soborno: acción de pedir u ofrecer dádivas, regalos, retribuciones o favores a cambio de la realización de un acto u omisión ilegítimo.
- Tráfico de influencias: utilizar las relaciones o conexiones personales con personas con autoridad con el fin de obtener privilegios, favores o tratamiento preferencial.
5. NORMAS DE ACTUACIÓN
5.1 CRITERIO GENERAL
En la Comunidad de Regantes de la Zona Regable del Viar no se admitirá ningún tipo de regalo u obsequio que pueda ser interpretado como algo que excede los usos sociales y las prácticas razonables de mera cortesía. En ningún caso se darán ni aceptarán regalos u obsequios en dinero.
Está prohibida cualquier forma de regalos, obsequios o favores a proveedores, subcontratistas, funcionarios públicos españoles o extranjeros, auditores, consejeros, etc. que puedan influir en la independencia en la toma de decisiones por parte de estos últimos, o que puedan inducir a garantizar cualquier tipo de favor a la Comunidad de Regantes de la Zona Regable del Viar o sus empleados, directivos y representantes.
Para saber si se puede aceptar u ofrecer un regalo u hospitalidad se atenderán los siguientes indicadores:
-
- Transparencia: solo se pueden ofrecer o aceptar regalos o invitaciones abiertamente, de manera pública y declarándolos en su totalidad.
- Frecuencia: solo se pueden ofrecer o aceptar regalos o invitaciones de manera ocasional.
- Naturaleza del regalo u hospitalidad: no debe ser excesivo, ofensivo ni contrario a la dignidad humana.
- Oportunidad: El momento en el que se ofrezca o acepte un regalo o invitación no debe ser «delicado» (próximo proceso de selección, licitación, negociación o la renovación de cualquier contrato).
5.2 CRITERIOS PARA LA ACEPTACIÓN Y EL OFRECIMIENTO DE REGALOS Y HOSPITALIDADES
- Tengan carácter ocasional
- No excedan las prácticas comerciales o de cortesía normales y de su valor sea escaso.
- Sean ofrecidos de forma abierta, pública y transparente.
- No tengan capacidad para influir en la toma de decisiones
- No se haga con la intención de influenciar a un tercero o para obtener un beneficio indebido
- No se haga para obtener o intercambiar tratos de favor.
- No se haga para ofrecer u obtener favores personales
- No se ofrezcan a autoridades públicas o funcionarios, exceptuando aquellos obsequios y atenciones de escaso valor que sean proporcionales y razonables según la práctica local, entregados de forma esporádica con motivo de intereses legítimos y socialmente aceptables
- No pueda dar lugar al surgimiento de un conflicto de interés
- No contravengan los principios establecidos en el Código de Conducta y Buen Gobierno y cumplan con la legislación vigente
5.3 PROHIBICIONES PARA EL OFRECIMIENTO Y ACEPTACIÓN DE REGALOS:
- Ofrecer o aceptar regalos consistentes en cualquier clase de tarjeta regalo, cheque o equivalente para la compra de bienes o servicios en cualquier establecimiento
- Ofrecer o aceptar invitaciones de contenido o naturaleza socialmente no aceptables, desproporcionadas e injustificadas.
- Ofrecer o aceptar invitaciones a viajes o estancias hoteleras, salvo que formen parte de la participación en algún evento, congreso, acto, etc., al que sea invitado en representación de la entidad.
- Solicitar, ofrecer, aceptar o entregar compensaciones o comisiones con la intención de influir en la toma de decisiones u obtener un trato preferencial.
5.4 PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN
- Comunicar a la Oficial de Cumplimiento cualquier duda sobre la adecuación o corrección de la aceptación y entrega de un regalo u hospitalidad.
- Comunicar a la Oficial de Cumplimiento los regalos recibidos para su registro en el Libro-Registro de regalos de cortesía y hospitalidades recibidos de la Comunidad.
- Comunicar a la Oficial de Cumplimiento los regalos ofrecidos para su registro en el Libro-Registro de regalos de cortesía y hospitalidades entregados de la Comunidad.
- Comunicar a la Oficial de Cumplimiento cualquier sospecha o irregularidad relativa a la solicitud, ofrecimiento, aceptación y entrega de regalos y hospitalidades.
6. COMUNICACIÓN DE INCUMPLIMIENTOS
En caso de detectar un incumplimiento de la presente Política o de tener dudas sobre si procede la realización de Regalos de cortesía y Hospitalidades, es obligado ponerse inmediatamente en contacto con la Oficial de Cumplimiento de la Comunidad de Regantes de la Zona Regable del Viar a través de cualquiera de los medios facilitados en el Canal de Cumplimiento de la entidad:
- Por escrito dirigido a Oficial de Cumplimiento de la Comunidad de Regantes de la Zona Regable del Viar, Carretera Alcalá del Río- Burguillos, s/n C.P. 41200-Alcalá del Río, Sevilla.
- En el buzón de la empresa: mediante escrito en sobre cerrado que irá dirigido a Oficial de Cumplimiento de la Comunidad de Regantes de la Zona Regable del Viar.
- A través del correo electrónico habilitado para ello:
canaldecumplimiento@riegosdelviar.es
- En el apartado destinado a ello en la página Web:
La Comunidad de Regantes de la Zona Regable del Viar se compromete, conforme a lo dispuesto en su Política del Sistema Interno de Información y Defensa de las Persona Informantes, a no adoptar ninguna forma de represalia contra las personas que comuniquen la comisión de alguna conducta irregular o ilegal relativa a la solicitud, ofrecimiento, aceptación y entrega de regalos y hospitalidades.
7. INVESTIGACIÓN DE INCUMPLIMIENTOS
La Oficial de Cumplimiento investigará las denuncias efectuadas respecto del otorgamiento de Regalos de cortesía y Hospitalidades contrarias a esta Política que involucren o que de alguna forma estén conectados con la Comunidad de Regantes de la Zona Regable del Viar.
Igualmente, por iniciativa propia, iniciará cualquier investigación en aquellos supuestos que presenten indicios de incumplimiento de la presente Política.
Como resultado de dichas investigaciones, la Comunidad de Regantes de la Zona Regable del Viar determinará las acciones a adoptar, incluyendo la propuesta de eventuales acciones disciplinarias o el cese de relaciones mercantiles o empresariales.
La Oficial de Cumplimiento trasladará un informe al Sindicato de Riegos con los resultados de estas investigaciones, así como con la propuesta de la implementación y mejora continua de esta Política.
8. DIFUSIÓN Y REVISIÓN
Esta Política se difundirá entre los destinatarios de la misma mediante la entrega de ejemplares personalmente, envío por correo electrónico y por cualquier otro medio que se determine.
Igualmente, esta política se expondrá en nuestra página web, para su público conocimiento, y se comunicará a nuestros asociados, proveedores y colaboradores.
Como resultado de dichas investigaciones, la Comunidad de Regantes de la Zona Regable del Viar determinará las acciones a tomar, incluyendo la propuesta de eventuales acciones disciplinarias o el cese de relaciones mercantiles o empresariales.
Esta Política será revisada periódicamente, a fin de asegurar su eficacia y adecuación, procediendo en caso necesario a su actualización.

